El letrado argumenta que el secreto de más de tres años de la causa ha vulnerado los derechos del colaborador de Fenoll
El imputado Javier Bru. TIPOS
J. A. M./D. P.
Primeros recursos contra los autos de la instrucción del caso Brugal. Javier Bru, uno de los imputados en la trama de la basura, colaborador de Ángel Fenoll y actualmente concejal del Ayuntamiento de Albatera por el PP, ha pedido a través de su abogado la nulidad de todas las actuaciones por limitar su derecho de defensa. En un escrito de 38 folios, se recurren hasta 128 autos de todo tipo desde que se abrió el procedimiento: desde la apertura de las diligencias a los autos de las intervenciones telefónicas y hasta las órdenes de entrada y registro. El plazo para recurrir contra los autos del juez durante toda la instrucción finalizaba oficialmente ayer, aunque aún se podrán presentar la mañana de hoy. Bru está implicado en la parte que afecta a posibles extorsiones vinculadas a la contrata de la basura de Orihuela en 2006 y 2007 y el supuesto amaño de la adjudicación posterior en favor de Ángel Fenoll.
La principal causa alegada es la indefensión que ha causado para los imputados el secreto de las actuaciones, que se ha mantenido durante más de tres años. La defensa de Bru argumenta que aún a día de hoy hay partes desconocidas para las partes: faltan folios en los CDs entregados, autos sin notificar y hay actuaciones que todavía son desconocidas."El secreto del sumario se ha prorrogado sin conocimiento alguno de las defensas por medio de autos de formulario, absolutamente carentes de motivación y fundamentación jurídica necesaria", argumenta. Asimismo, se denuncia el escaso plazo dejado a los letrados para poder presentar recursos en esta voluminosa causa de más de 22.000 folios.
El letrado también exige la nulidad de todas las intervenciones telefónicas, uno de los pilares de este caso. En este sentido, argumenta que las escuchas se llevaron a cabo sin ninguna investigación previa. "La medida de la intervención telefónica es la causa de la apertura de las diligencias judiciales" argumenta. A su juicio, esta circunstancia supone la nulidad de la prueba y de todas las que deriven de ella.
En este sentido, asegura que el auto por el que se acordaron las escuchas ni siquiera hacía alusión en su parte dispositiva al tipo penal por el que se acordaba la medida. "Es un auto ausente de razonamiento propio, absolutamente inadecuado al caso y estereotipado que transcribe parte de la denuncia del fiscal y llega al convencimiento de la posibilidad de actividad delictual sin concretar qué tipos delictivos son los que van a producirse", dice el escrito. En esta línea argumenta que "el secreto de las comunicaciones no puede ser desvelado para satisfacer la necesidad genérica de prevenir o descubrir delitos o para despejar sospechas sin base objetiva".
El abogado explica que "Javier Bru es un tercero al que se le imputaban presuntos comportamientos delictivos que no están contemplados ni siquiera como tipos penales a perseguir en el auto inicial". En este sentido recalca no se le interviene ningún teléfono, ni se ordena su intervención telefónica. Asimismo, incide en que la ausencia de motivación se mantiene en las sucesivas prórrogas de las intervenciones telefónicas. "Todo ello en base a convertir en verdadero acto de fé cualquier afirmación policial si ni tan siquiera haber escuchado un juez las intervenciones realizadas". En este sentido, argumenta que los sucesivos jueces que han pasado por la investigación se limitaron a ratificar todo lo que hacía la Policía, sin constancia de que fueran cotejadas por el secretario judicial.
Petición de todas las grabaciones policiales
El abogado defensor de Javier Bru ha pedido que, en caso de que se rechace la petición de nulidad, se dé traslado a todas las partes de manera individual el visionado y audición de todos los soportes de grabación que obran en las actuaciones para que "pueda constatarse su contenido a los efectos que a la defensa interesen". El objetivo es que se pueda comprobar si los resúmenes que de las transcripciones ha hecho la Policía se corresponden o no con lo transcrito y si tiene algún interés en la causa o, por el contrario, debe salir algún contenido efectivamente de la causa al constituir una injerencia en la vida privada de los imputados. El letrado señala en su escrito que el juez sólo tuvo interpretaciones, resúmenes y selecciones de conversaciones elaborados por las fuerzas del orden y éste se limitara a atender las peticiones policiales.
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